Julio Diana Detenido
Julio 2008
El 05/Julio/2008 Julio Diana fue detenido en el sanborns de los azulejos cuando llegó completamente drogado a atacarme a mi mesa, y gracias a una serie de actos estúpidos como que la “instructora de Kinam para usuarios Avanzados” Angelica Romero tratara de filmarnos, incluso antes del intento de asesinato facilitado por la grabación, queda asentada en actas la existencia de la secta . No haré mas comentarios de derecho, pero probablemente los miembros de la secta necesiten mas unas clases de derecho básico que de Nahuatl, y eso es mucho decir.
El 5 de Julio del 2008 Se detuvo a Julio Diana por los delitos de amenazas, y durante un tiempo fue prófugo de los delitos de FRAUDE PROCESAL y falsedad de declaraciones. Se le dejó de buscar porque se le considera no imputable por ser drogadicto. En cuanto a la secta KINAM “Ellos se casan”, ha quedado registrado judicialmente como una secta destructiva de contenido homosexual, creada por quienes se hacen llamar Julio Diana y Frank Diaz, el primero dice ser investigador aunque se anuncia de masajista a domicilio, y el segundo no tiene ingresos conocidos.
Contexto legal de Junio 2008 – antes de
Recientemente Julio Diana y una de sus identidades, trataron de defender intentos de usurpación de identidad de estas personas, que piensan hacer una reunión de su secta destructiva el primer Sabado de Julio.
El argumento fue bastante estúpido, ya que se basaron en “libre tránsito”, como derecho constitucional, solo que se les olvida que las alertas migratorias, como la existente contra Frank Diaz, y las averiguaciones previas tienen Prioridad.
Es decir, dicen que tienen derecho de libre tránsito y que el autor de este sitio no tiene idea de derecho, cuando se ve que los que no tienen idea son ellos…. Y la existencia de este sitio es una prueba de que hay fundamentos legales.
Pongo a continuación una respuesta que di en otro lugar sobre porque no tienen idea de derecho, ya expliqué en ese lugar parte de las incoherencias que comenta sobre este tema en el cual quiere hacerse ver como experto o asesorado.
Dentro de las pruebas hay de varios tipos. Las mas comunes son Testimoniales (personas que den testimonio), periciales y documentales publicas y privadas.
Dentro de documentales Públicas entrarían sus libros publicados, las listas del IFAI, de la delegación Tlahuac y me vi muy breve.
Las documentales privadas incluyen averiguaciones previas o documentos en que se necesita ser parte , por ejemplo las fe de hechos, los papeles de migración gobernación y otras, y no es obligatorio presentar todas en el mismo proceso, juzgado o tribunal (cuando se hizo pasar por Blas Ferrer ya le expliqué porque el DIF y la CNDH no son autoridades para estos fines).
La importancia de las pruebas testimoniales es Sumamente importante siempre y cuando no se contradigan con las documentales, o se hace delito de falsedad de declaraciones ante autoridad judicial. Los interrogatorios están pensados para mostrar las contradicciones , y se avisa que falso testimonio esta penado por 4 u 8 años de prisión y se declara no tener antecedentes previos de problemas con la parte vs la que se rinde testimonio.